Servicio de Administración y Enajenación de Bienes
     
 
    
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Información sobre la Administración y Destino de Bienes

 

Introducción 

 

El Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), es un organismo público del Sistema Financiero Mexicano y la mejor alternativa para el Estado para dar destino a sus Bienes y Empresas improductivas, con Compromiso, Eficiencia, Transparencia y responsabilidad social, buscando contribuir al fortalecimiento del estado de derecho, las finanzas públicas y el sistema financiero mexicano.

 

Que Bienes puede administrar el SAE?

ü Los asegurados y decomisados en los procedimientos penales federales;

 

ü Los recibidos en dación en pago para cubrir toda clase de créditos a favor del Gobierno Federal, de sus entidades o dependencias, incluyendo los puestos a disposición de la Tesorería de la Federación o de sus auxiliares legalmente facultados para ello;

 

ü Los que habiendo sido embargados por autoridades federales, hayan sido adjudicados a las entidades transferentes conforme a las leyes aplicables;

 

ü Los que sean abandonados a favor del Gobierno Federal;

 

ü Los que estando sujetos a uno de los procedimientos establecidos en la legislación aduanera, en la legislación fiscal federal o en otros ordenamientos jurídicos aplicables a las Entidades Transferentes, deban ser vendidos, destruidos, donados o asignados, en virtud de ser inflamables, fungibles, perecederos, de fácil descomposición o deterioro, así como cuando se trate de animales vivos y vehículos;

 

ü Los que pasen a ser propiedad del Fisco Federal;

 

ü Los títulos, valores, activos y demás derechos que sean susceptibles de enajenación, cuando así se disponga por las autoridades competentes;

 

ü Los bienes del dominio privado de la Federación y los que constituyan el patrimonio de las entidades paraestatales;

 

ü Cualquier bien que, sin ser propiedad de la Federación, en términos de la legislación aplicable, el Gobierno Federal, sus entidades o dependencias puedan disponer de él, y

 

ü Los demás que determinen la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública dentro del ámbito de sus atribuciones.

 

Los bienes descritos serán transferidos a este Organismo cuando así lo determinen las leyes (como ocurre con los bienes asegurados en procedimientos penales federales y los bienes provenientes de comercio exterior) o cuando así lo ordenen las autoridades judiciales y en los demás casos, las entidades transferentes determinarán la conveniencia de transferirlos al SAE.

Es decir los Bienes que son transferidos al SAE, van desde muebles o inmuebles, hasta empresas y activos financieros.

 

Quienes transfieren Bienes al SAE

ü  Autoridades Aduaneras.

ü  Tesorería de la Federación.

ü  Procuraduría General de la República.

ü  Autoridades Judiciales Federales.

ü  Entidades Paraestatales, incluidas las instituciones de banca de desarrollo y las organizaciones auxiliares nacionales de crédito.

ü  Fideicomisos públicos, tengan o no el carácter de entidad paraestatal.

ü  Dependencias de la Administración Pública Federal

ü  Oficina de la Presidencia de la República.

ü  Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

ü  Banco de México.

ü  Instituto Federal Electoral.

ü  Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios.

ü  Organismos públicos autónomos.

 

En qué consiste la administración de los Bienes.

La administración de dichos bienes comprende su recepción, registro, custodia, conservación y supervisión; la enajenación comprende su donación y compraventa (que incluye la permuta y cualesquiera otras formas jurídicas de transmisión de la propiedad), y el destino puede incluir su destrucción ó devolución.

Lo anterior, de acuerdo con las instrucciones recibidas por cada entidad transferente y con la normatividad aplicable.

 

La rendición de Cuentas

El SAE emite un informe anual de rendición de cuentas a cada una de las Entidades que le transfirieron algún tipo de Bien, en dicho documento se refleja de manera clara y oportuna los ingresos y gastos que se generan con motivo de dar destino a cada uno de los bienes que transfieren, principalmente la enajenación de éstos.

Lo anterior, tiene como propósito el enterar a cada una de las Entidades Transferentes los recursos remanentes derivados del citado Informe.

Aunado a lo anterior, este informe resulta una fuente de información de gran relevancia ya que cualquier persona puede acceder y conocer de manera pormenorizada que se ha hecho con los bienes que le son transferidos al SAE, durante un determinado ejercicio fiscal.

Lo cual da máxima publicidad a su actividad, y es un ejercicio real de transparencia y rendición de cuentas para todo el público en general. 

 

 

Conoce los informes a las Entidades Transferentes

 

Última Actualización: 01/12/2011 17:04:45
Secretaría de Hacienda y Crédito Público POT LyFC en Liquidación Buzón del Director General
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