Empresas
Con fecha 19 de diciembre del 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se expidió la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público (LFAEBSP), en vigor a partir del 17 de junio de 2003, en cuyos términos se ordenó la constitución del Organismo Público Descentralizado denominado Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).
Con fundamento en el artículo 1° de la LFAEBSP el SAE tiene por objeto la administración, enajenación y destino de los bienes que le sean transferidos.
El SAE cuenta con atribuciones para fungir como visitador, conciliador y síndico en concursos mercantiles y quiebras; para liquidar las empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades nacionales de crédito y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal y toda clase de sociedades mercantiles, sociedades o asociaciones civiles, así como para ejecutar los mandatos en nombre y representación del Gobierno Federal, incluyendo todos los actos inherentes a su encargo, de conformidad con lo dispuesto en las fracciones IV, V y VI del artículo 78 de la LFAEBSP.
El SAE está facultado para llevar a cabo la liquidación, administración, concurso mercantil y venta de empresas.
El universo de empresas a cargo del SAE, provienen de distintos sectores económicos y cuya naturaleza puede ser tanto pública como privada o, en el caso de empresas aseguradas, sujetas a determinación de la autoridad respectiva.
El SAE estableció como parte de su misión contribuir al fortalecimiento de las finanzas públicas, del sistema financiero mexicano y de los derechos de propiedad, a través de una efectiva administración, eficiente enajenación de bienes y empresas y, en su caso, destrucción de los bienes o liquidación de las empresas que le sean encomendadas, en estricto apego a la LFAEBSP y buscando los términos económicos y financieros más convenientes en el menor tiempo posible, con base en el cumplimiento de los mandatos que son conferidos por las Entidades Transferentes en términos de las disposiciones aplicables.